El 14 de septiembre de 2023, once años después de la entrada en vigor del reglamento de compras y contrataciones aprobado mediante el Decreto núm. 543-12, se promulgó el Decreto núm. 416-23, que sustituye el anterior reglamento y marca el comienzo de la transición hacia una nueva era en la gestión de los procedimientos de contrataciones públicas en el país.
Este nuevo reglamento tiene como antecedente el proyecto de ley depositado por el Poder Ejecutivo ante el Congreso el 28 de febrero de 2022, con el objetivo de derogar la Ley núm. 340-06, y adoptar un marco regulatorio moderno que contribuya a hacer de las contrataciones públicas una herramienta para el desarrollo sostenible, la transparencia, la excelencia, e impulse las mejores prácticas de transparencia e integridad en la Administración pública.
Si bien este nuevo reglamento era necesario, al llegar una década más tarde, encuentra que la Ley núm. 340-06 ha cumplido su ciclo de vida y se ha vuelto obsoleta en varios aspectos. Además, es un texto procedimentalista; es decir, se centra en los principios, normas generales y las modalidades de selección, en vez del fin de la contratación pública, que no es otro que la satisfacción de las necesidades de interés general y de los derechos fundamentales de las personas.
La normativa actual adolece además de un régimen de consecuencias penales, las establecidas son de naturaleza administrativa y, en algunos casos, resultan ser imprecisas. También, la ley fue mutilada por la Ley núm. 449-06, en lo que respecta a la naturaleza de la Dirección General de Contrataciones Públicas (en lo adelante DGCP), en calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.
Por lo anterior, evidentemente, el nuevo reglamento se ve atado por los límites establecidos por una ley agotada y, por ende, este puede ser considerado un “reglamento puente” en lo que finalmente se aprueba una nueva ley; que se propone con esa limitante integrar mejores prácticas para garantizar mayor eficiencia y transparencia en la gestión, consolidando la experiencia acumulada a lo largo de los últimos años en la implementación de políticas y normas que regulan el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas.
En este contexto, es crucial que la nueva ley afronte las limitaciones actuales y promueva la transparencia, la sostenibilidad y la excelencia en la Administración Pública. Entre los principales desafíos que deben abordarse en la nueva legislación se incluyen:
1. Simplificar trámites y procesos para empresas públicas, fideicomisos públicos y gobiernos locales.
2. Revisar y actualizar el régimen de prohibiciones para contratar con el Estado.
3. Implementar un sistema de contratación pública totalmente digital, desde la planificación hasta la liquidación del contrato, incluyendo una tienda virtual para adquisiciones de bienes y servicios comunes y estandarizados de uso frecuente, a través de los convenios marco.
4. Fomentar la inclusión económica de sectores vulnerables, la producción local y las MiPymes.
5. Establecer medidas para garantizar la transparencia en todas las etapas de la contratación, como programas de cumplimiento y mesas de fiscalización ciudadana. Además, cada institución contratante debe contar con un perfil de contratante.
6. Reforzar las sanciones para quienes infrinjan las normativas de contratación pública.
7. Integrar criterios especiales de evaluación, tales como criterios de inclusión social, de sostenibilidad medioambiental y de innovación.
8. Especificar los tipos de contratos (administrativos y privados) y fortalecer el marco legal y contractual.
9. Fortalecer el papel y dotar de recursos a la DGCP y garantizar la inamovilidad del director y subdirectores generales.
10. Establecer mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
El Decreto núm. 416-23 es un paso de avance, pero no es la solución definitiva. Por las razones antes indicadas, es evidente la necesidad de una nueva ley para garantizar que las contrataciones públicas sean una herramienta efectiva para el desarrollo sostenible y la transparencia en el país.