La reciente sentencia del Tribunal Constitucional que modifica los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23, Orgánica del Régimen Electoral, representa un paso significativo hacia una democracia más inclusiva y plural. Erradamente, los partidos políticos han reaccionado con rechazo, considerando la medida como una amenaza a su hegemonía. Al contrario, este cambio es una oportunidad para fortalecer el sistema democrático y asegurar que el sistema de partidos no sea un escollo para las aspiraciones legítimas de cualquier ciudadano.
La decisión del tribunal, fundamentada en principios como el derecho a elegir y ser elegido y el pluralismo político, abre canales individuales de participación. En una democracia, no debería aceptarse una “dictadura de los partidos”, con aspiraciones políticas restringidas al aval de estructuras partidarias. La posibilidad de candidaturas independientes fomenta la competencia, la innovación y la representación más amplia de intereses ciudadanos, elementos esenciales para una democracia vibrante.
No anidemos ilusiones: estructurar una candidatura independiente será siempre un reto logístico y organizativo, pero la simplificación de los requisitos permite que más ciudadanos puedan participar activamente en los procesos políticos. Esto debería servir como un estímulo para los partidos políticos a modernizarse, respetar los derechos de sus miembros y abrirse a nuevas dinámicas democráticas.
La crítica desproporcionada, con insinuaciones discordantes contra el TC, refleja una resistencia al cambio y un intento de mantener un monopolio electoral. Aceptar esta apertura y adaptarse a la posibilidad de competir con nuevos actores evita el estancamiento democrático y refuerza la competencia política afín a la democracia. Esta sentencia encarna la esencia de la democracia al garantizar que cualquier ciudadano tenga la posibilidad de aspirar a cargos públicos, promoviendo una mayor diversidad, inclusión y legitimidad en el sistema político.